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 Ciudad de México. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional el decreto del gobierno de la Ciudad de México que establece que el aumento anual  de la renta de un inmueble no debe superar los índices de inflación, lo anterior al iniciar un debate en el que se ha analizado el derecho a la vivienda digna y los procesos de gentrificación.

Al resolver el amparo en revisión 546/2025, el Pleno de ministros aprobó los artículos 2448 D del Código Civil de la Ciudad de México, que establecen desde agosto de 2024, que el incremento anual de las rentas no pueda superar a la inflación del año anterior.

En el debate, se consideró que estas medidas legislativas ayudan a garantizar el acceso a la vivienda, "un derecho humano protegido por la Constitución, que se ve amenazado por la falta de control en los costos, causando el desplazamiento de la población y la gentrificación".

La ministra Lenia Batres Guadarrama señaló que "en los últimos 20 años el costo del suelo en la Ciudad de México se ha incrementado en un 800 por ciento, y medidas regulatorias como la analizada aseguran una ganancia justa para los propietarios de vivienda en renta, y al mismo tiempo a quienes tienen que vivir en inmuebles de alquiler".

La togada agregó que "es notorio el descenso del número de personas que viven en vivienda propia. En el año 2000 el 71 por ciento de los habitantes de la capital del país eran dueños del inmueble que habitaban, mientras que para 2020 eran solo el 50 por ciento".

En ese contexto, quedó pendiente todo lo relacionado con el Registro de contratos de arrendamiento porque se va a presentar un proyecto con ajustes que realizará el ministro presidente de la Corte, Hugo Aguilar.

En otro tema, el máximo tribunal validó la pena de prisión de hasta 70 años prevista para el delito de homicidio califcado en el artículo 108 del Código Penal para el Estado de Morelos, al determinar que dicho rango de sanción no vulnera, por sí mismo, el derecho a la reinserción 
social.

El Pleno determinó que el artículo 18 de la Constitución Política Federal exige que el sistema  penitenciario se organice sobre la base del respeto a los derechos humanos, así como del  acceso al trabajo, la educación, la salud, el deporte y la capacitación, con el objetivo de lograr la reinserción a la sociedad de la persona sentenciada. Lo relevante no es únicamente la  duración abstracta de la pena, sino que el Estado garantice, durante el tiempo de reclusión,  condiciones reales que permitan a la persona prepararse para su regreso a la vida en libertad.

LA JORNADA

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