Ciudad de México. - El Consejo de la Judicatura Federal (CJF) demandó a la empresa Dorama, Institución de Garantías, S.A., por el pago de 40 millones 753 mil 507.87 pesos, debido al incumplimiento de un contrato de obra pública para la construcción del Centro de Justicia Penal Federal en Chihuahua, firmado el 5 de diciembre de 2016. La obra debía concluirse al año siguiente.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió la demanda a trámite mediante un juicio ordinario federal, mecanismo previsto para resolver controversias entre particulares y el CJF o el propio tribunal constitucional.
La acción judicial se basa en el contrato CJF/SEA/DGIM/LP/13/2016, autorizado ese mismo año, con un presupuesto de 133 millones 885 mil 547.26 pesos, un plazo de ejecución de 180 días naturales, y un anticipo de 35 por ciento del monto total.
El Centro de Justicia Penal Federal, anexo del edificio sede, sería construido en avenida Mirador 6500, en la colonia Fraccionamiento Residencial Campestre Washington, en Chihuahua, Chihuahua.
En ese mismo año, tras una licitación pública nacional, el contrato fue adjudicado a la empresa Administradora de Inmuebles y Fincas, S.A. de C.V., y se emitieron dos pólizas: una fianza de anticipo para garantizar el uso correcto del recurso entregado por adelantado y una fianza de cumplimiento, para asegurar que la obra se ejecutara conforme a lo pactado.
Sin embargo, el CJF documentó mediante diversos oficios que la contratista incumplió sus obligaciones contractuales, por lo que el 6 de junio de 2025 declaró formalmente la rescisión del contrato y exigió el pago correspondiente del anticipo, así como intereses, penalizaciones y gastos judiciales. La demanda formal contra Dorama, S.A., como empresa afianzadora, fue presentada el 9 de junio ante la SCJN.
El juicio fue admitido por la Corte el 15 de julio, ordenándose la integración del expediente, el emplazamiento a Dorama —es decir, la notificación formal para que conteste la demanda en un plazo de cinco días hábiles a partir de la notificación— y la tramitación de la controversia a través de la vía especial de fianzas, procedimiento legal específico para reclamar el pago de este tipo de garantías.
También se ordenó notificar, únicamente para su conocimiento, a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros y a la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, que podrían intervenir si hubiera embargo o revisión de pasivos por parte de la afianzadora.
La Jornada
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